Protocolo Sobre Acoso Sexual y Acoso por razón de Sexo

LA IMPORTANCIA DE LOS PROTOCOLOS DE ACOSO LABORAL Y SEXUAL

Desde la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se exige a las empresas prevenir y reducir tanto los accidentes físicos como los riesgos psicosociales, aunque tuviera un único trabajador.

Dicha Ley ha sido desarrollada normativamente y actualmente podemos destacar el Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo y la Ley Orgánica 7/2007 sobre la Igualdad de los hombres y mujeres.

Con motivo de la entrada en vigor del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre cobra especial importancia la elaboración de protocolos de acoso sexual y por razón de sexo puesto que se incluyen dentro del marco de la elaboración de los Planes de Igualdad.

Por lo tanto en el momento actual nos encontramos con dos situaciones:

  • Las empresas con más de 50 trabajadores están obligadas a la elaboración de un Plan de Igualdad que incluye el protocolo de Acoso.
  • Las empresas con trabajadores contratados estarán obligadas en cualquier caso a la elaboración e implantación de un Protocolo de acoso Laboral y Sexual.

OBJETIVO DEL PLAN DE PREVENCIÓN DEL ACOSO LABORAL Y SEXUAL

El objetivo fundamental es crear un ambiente que respete los derechos de los trabajadores y trabajadoras, eliminando cualquier forma de acoso o discriminación, que inciten a situaciones no deseadas e incluso perseguidas en la Jurisdicción Social o Penal.

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El protocolo de acoso laboral es un plan que contempla aquellas medidas que son necesarias para prevenir, evitar o eliminar  cualquier tipo de acoso laboral en la empresa

Su objetivo es prevenir este tipo de situaciones y, en caso de que puedan producirse disponer de los mecanismos necesarios para tramitar correctamente estas situaciones de forma satisfactoria para la empresa y para los trabajadores

El protocolo de acoso laboral se entiende como una medida de fomento de la responsabilidad social corporativa por lo que aporta a las empresas un valor añadido y que supone un aumento del prestigio y manifiesta un compromiso de la empresa con los valores de cumplimiento normativo.

Los protocolos de Acoso sexual deben incluir los siguientes apartados:

  • Desarrollo teórico en el que se definen las situaciones que pueden ser constitutivas de acoso laboral o sexual.
  • Procedimiento de tramitación de las denuncias de acoso laboral.
  • Instauración de un canal de denuncias de acoso laboral proporcionando un modelo de denuncia.
  • Determinación del órgano competente de la empresa que instruirá la investigación de los hechos y elaborará las resoluciones  que pongan fin al procedimiento.
  • Determinación de las posibles sanciones a las que puede dar lugar el procedimiento de investigación.
  • Difusión del protocolo y presentación a la plantilla.

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